jueves, 4 de abril de 2019

Deconstruir el procés (15) Prisión provisional, Fernando Merodio ALERTA 05-04-2019

Deconstruir el procés (15)
Prisión provisional
Fernando Merodio
ALERTA 05-04-2019
La prisión provisional, aplicada en el procés, es una medida excepcional y, sin duda por ello, es también argumento utilizado contra nuestra ley y su aplicación por el tribunal; se trata de una limitación cautelar personal que implica el ingreso y estancia en prisión durante la instrucción/juicio de quien es investigado/juzgado penalmente, previamente a que haya sentenciay, por ello, al restringir derechos tan fundamentales como la presunción de inocencia o la libertad, una mínima seguridad jurídica exige que tal prisión se acuerde en una resolución judicial motivada con estricta aplicación de exigencias jurídicas tan indeterminadas como la necesidad y la proporcionalidad, cumpliendo, además, la exigencia objetiva de que haya sólidos indicios racionales de criminalidad de, al menos, dos delitos con una pena igual o superior a los dos años de prisión.
Si, al pensar, queremos conceptuar los citados criterios -que aquí ahora se aplican como equiparables a los del entorno- desde el punto de vista del más serio pensar europeo nacido de la Ilustración, habrá que empezar viendo que el derecho es norma de relación emanada del -interés del- poder real y que suele llevar unida represión coercitiva, generando, como analizó, marxista, Walter Benjamin un repetitivo bucle que se retroalimenta: la violencia genera derecho y éste más violencia, ésta represión y más derecho,..., bucle muy nocivo que el filósofo equipara a los dañinos mitos de Prometeo y el águila devorándole el hígado con reiteración o Tántalo y el castigo a estar junto a un  lago y un frutal sin poder probar -nunca- ni agua ni fruta.
Benjamin se pregunta sobre si es posible un modo de violencia revolucionario que no necesariamente desemboque/exija un nuevo derecho y más represión, dando vueltas a la idea de que, usando el ejemplo de las antes llamadas huelgas proletarias, de las que los revolucionarios desechaban las que pretendían leves logros laborales o salariales y, por contra, apoyaban la huelga general que busca un total cambio de sistema y relaciones sociales, conduciendo a la -dicen- utópica igualdad solidaria y acabando con el Estado que, 70 años más tarde que Benjamin, dice Giorgio Agamben que usa a los terroristas para aterrorizar con leyes a sus ciudadanos; sin duda, exigirá muchas fatigas pero veo razonable impulsar tal cambio revolucionario.

Caminando hacia ello, en una sociedad en la que el poder genera el derecho y lo introduce en el bucle violencia, derecho, represión, violencia, derecho,..., revuelto el nacional/patriotismo que, sabio, Samuel Johnson define como "último refugio de los canallas", dando por cumplidas las exigencias de arriba, habiendo riesgo cierto de que "los canallas" se fuguen o destruyan pruebas, valorando lo ya dicho en el juicio por muchos,... y, además, sabiendo con Maquiavelo que, pues "la condición humana no lo permite", en el ejercicio del poder no es posible el uso exclusivo de medios honestos, yo aquí ahora, para propiciar un juicio viable que se acerque a justo para todos, gradúo los males, y elijo lo menos malo.

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