domingo, 30 de mayo de 2021

169 Los domingos cavilar Indultar Fernando Merodio 30/05/2021

169 Los domingos cavilar

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Fernando Merodio

30/05/2021

"(...) restos de leyes de un antiguo pueblo conquistador, recopiladas por orden de un príncipe, (...), mezcladas después con ritos lombardos, y envueltos en inconexos volúmenes de privados y oscuros intérpretes, son aquella tradición de opiniones que en una gran parte de Europa tiene todavía el nombre de leyes". (Al lector de “Dei delitti y delle pene. Cesare Beccaría)

"En los asuntos difíciles, de cualquier naturaleza, no se puede sembrar y cosechar todo a la vez; es necesaria la debida preparación a fin de que los frutos, madurados, puedan ser un día recogidos" (Francis Bacon. Serm Fidel n. XLV)

Cesare Beccaría, 1738-1794, abuelo de Alejandro Manzoni, gran poeta y novelista, a los 26 años, en 1764, publicaba su obra más conocida, el breve ensayo Dei delitti  y delle pene, De los delitos y las penas que gozó del especial, apoyo del enciclopedismo ilustrado revolucionario francés y, partiendo de una concepción contractualista de la sociedad, consideraba ésta fundada en el contrato social garantía el orden y, más importante, de los derechos de los ciudadanos, definía los delitos como violaciones de tal contrato, ataques frente a los que la sociedad tiene derecho, y también obligación, de defenderse, reaccionar, siendo primer principio de su teoría sobre al delito el de ser proporcionales castigo o pena y deslealtad contractual, mientras el segundo, vital en su argumentación de la teoría de la pena, es que nadie puede disponer de la vida de otro, defendiendo, a partir de ello, la abolición de la pena de muerte, que él veía como transgresión evidente del contrato social, pues el primer objetivo de éste era proteger, no destruir al ciudadano individual, siendo por ello Beccaría más partidario de la prevención del delito que de su represión pura y dura, pues consideraba que ésta ni lo impide ni disuade al delincuente de cometerlo considerando, pues, más eficaz difundir la certidumbre de que las penas impuestas se cumplirán íntegras, pues a todo criminal le persuade más el temor a la certeza de una ineludible, dura permanencia en prisión privado de libertad de movimiento que su ejecución física, violencia sangrienta que el resto, egoísta y cómodo, además, trata de olvidar lo antes posible.

Profundizar en  lo anterior lleva a la exigencia lógica de una pena proporcional, tanto por razones de la prevención/convicción general que actúe sobre el conjunto de la sociedad, como por la especial que lo hace sobre el delincuente, atribuyendo a la condena una eficacia tuitiva, al tiempo que educativa, eficiencia para la que Beccaría ve más útil la larga duración de una condena que se sepa cierta y, además, ajustada al “principio de legalidad” que define la fórmula latina “nullum crimen, nulla poena sine previa lege poenali” que troqueló Johann Anselm Feuerbach, padre del Ludwig que influyó en la obra de Marx y Engels, fórmula que exige al Estado garantizar una ley escrita, clara y previa al castigo del acto dañino, que atiende a tres ámbitos igualmente importantes: “Nulla poena sine lege”/“Nulla poena sine crimine”, que protegen al infractor del contrato social y, tan exigente y obligatorio como ello, “Nullum crimen sine poena legali”, que exige que el Estado, definidor de hecho punible y pena, también sea riguroso y coherente en su intervención defensiva del ciudadano individual o en grupo social, partiendo de la consideración de ser “necesario que a la representación del placer relacionado con la conducta delictiva se contraponga la representación del dolor, delineado en la ley como consecuencia segura e inderogable de tal conducta y de intensidad superior al referido eventual placer que genere la comisión del delito”, debiendo señalar el matiz que aquí nos interesa de que, siendo Beccaría contrario a la pena de muerte, la justificaba en dos casos, el primero el de que el delincuente, incluso privado de libertad, tuviera una actitud y un poder que exigieran a la sociedad ejecutarlo, refiriéndose el "ilustrado", lo aclaro, a los delitos de rebelión y traición.

Si miramos aquí ahora a nuestro repugnante territorio nordeste colindante con el mar Mediterráneo y Francia sería inadmisible que, ante el fraude evidente del contrato social por políticos desleales al resto, que incumplen obligaciones previa y libremente contraídas, los ciudadanos de a pié, los importantes, no ejercitemos el irrenunciable derecho/obligación de, a partir de la anomalía contractual de tan desleales asalariados nuestros, exigir -como en el caso de la transgresión de cualquier otro contrato- que Ley y tribunales nos defiendan y castiguen el ilegal descaro, siendo inadmisible broma pesada que, procaces, reprochen que, tras delinquir ellos, "judicializamos la política", con lo que intentan arrancarnos el costoso logro histórico que, como explicaron Beccaría y Feuerbach, fue poner fin a la impunidad de carecer de ley escrita, favorecedora, entre otros, de patricios, cónsules, senado,... frente a la plebe, nosotros, devolvernos a tiempos previos a que Juan I otorgara en la Inglaterra de 1215 la Magna Carta Libertatum, que en su disposición 39, aun vigente, garantizaba que "ningún hombre libre será arrestado o detenido en prisión, o desposeído de sus bienes, proscrito o desterrado o molestado de alguna manera; no dispondremos de él, ni lo pondremos en prisión, sino por el juicio legal de sus pares, o por la ley del país", intentar privarnos incluso del ejercicio del Bill of Rights de 1689, cimiento del Estado de Derecho, garante del Rule of Law, Imperio de la Ley, que el Oxford English Dictionary define como "autoridad e influencia de la ley en la sociedad (...) restricción al comportamiento individual e institucional", por el que "todos los miembros de una sociedad -incluso el gobierno- se consideran igualmente sujetos a códigos y procesos legales divulgados públicamente", siendo, pues, insoportable que, a partir de normas claras, no podamos exigir que, con todo el rigor de la ley escrita, se los castigue.

Basta leer por encima, superficialmente a Curzio Malaparte para ver cómo, en este cutre aquí ahora nuestro, lo de los "políticos presos", el apestoso Puigdemont, el aventado Torra, sus turbios mamporreros, palanganeros y alevines de terroristas cobardes,... fue el ridículo de un golpe de estado político estúpido y, dijera lo que dijera, hábil y mediático, Marchena, un flagrante y muy grave delito de rebelión, un frustrado "golpe de Estado", un patético intento de forzar un cataclismo constitucional al atacar la Ley, amago de "negociar/negocio" de lo innegociable que tanto gusta a los indolentes que se dicen "progresistas", del que salieron con penas mínimas unos pocos que, asómbrense -¿o no?-, siguen apoyando al (des)gobierno del nulo entallado que nos desgracia, al tiempo que los vascos, ahora menos aventados, sin necesidad de matar, reciben -nada más y nada menos- el control de las cárceles de sus cobardes "gudaris" y el de la Seguridad Social, anuncio del fin de la caja única, de la solidaria igualdad entre territorios y -más importante- trabajadores, al tiempo que se engrasa con suculentas cifras a sus privilegiadas empresas con dinero de esa "Europa" que somos todos, a cambio de votar, peligrosos desleales, las sinsorgadas  de Sánchez y su hato de insolventes, negación del Rule of Law, Imperio de la Ley, entrega a las más ruines patrias, los mínimos egoísmos ilimitados y rampantes, anuncio para ciegos del nuevo nazionalsozialismo europeo apoyado en el vale todo, con el solo fin -nadie se engañe- de alimentar fútiles, enfermizos egos y cobrar alimenticios altos sueldos.



EL ROTO 14/11/2019

Como la cuestión de los delitos y las penas empieza a tomar aquí forma de anécdota con estatus de síntoma, en medio del raudo caos que vivimos olvido a Beccaría y Feuerbach y digo, ajeno a González, Guerrra, los "barones psoecialistas", los "peperos", los de la "vox" enemiga del voto, los "ciudadanos", los esperpénticos populismos diversos,... que al entender como Jacques Vergès, "abogado del diablo", necesario desmontar la idea de que los tribunales garantizan la Justicia y usar estrategias de ruptura, no de connivencia, en los juicios y en la vida, no solo perdono la pena que se impuso a los que nos dan patadas en salvas sean las partes, no les indulto, les amnistío, olvido sus delitos, les reconozco que no han cometido ninguno y les aplaudo pues, en este momento, como diría Kierkegaard, convivimos con una suerte de "suspensión política de la ética", por lo que admito que hagan lo que quieran hasta que esto estalle y, mientras tanto, reflexiono displicente sobre el incurable daño que provocan todos los amantes de las banderas, en especial los independentistas y, esperando a ver qué pasa, de nuevo me pregunto, ¿y la izquierda?

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