Deconstruir
el procés (32)
Rebelión,
sedición, etc.
Fernando
Merodio
ALERTA 07-06-2019
Es la
Justicia, lo justo, idea mayor, valor nacido del convenio social de mantener la
armonía entre humanos, expresado en las normas que regulan las relaciones
individuales y con nuestras entidades, leyes que dicen lo que hay que hacer,
qué se autoriza, se prohíbe, en su caso, se castiga y fijan, también, lo preciso
para exigir su cumplimiento, con la peculiaridad de que, al intervenir personas
-limitadas- en las fases del esencial proceso, se generan graves fallos al filosofar
-decidir qué es justo-, legislar -darlo forma de ley- y, por supuesto, al
juzgar -aplicarla-.
Tales son
las reglas y herramientas que aquí ahora tenemos para enjuiciar los daños causados
a todos por los graves hechos del insufrible egoísmo de parte de los llamados
catalanes, los mayores -mucho más, pienso, que los del esperpento Tejero- que, tanto
como los de la desigualdad e injusticia consentidas, nos hemos causado desde
que murió -ahora resucitado por una recua de ineptos- Franco, respecto al que
hay que insistir en que, cuando vivía, pocos se encararon a su idea de lo justo,
a su ordeno y mando en leyes, jueces, policía, ejército,...
Hoy parece
todo más lógico pero, oculto en la farfolla que genera el poder real, lo justo que
afecta a lo común, claro objeto del contrato social, de la constitución,
debiera ser tan claro que exija/posibilite protegerlo con fiereza incluso, ya
que ir contra ello es, sin duda, el más grave atentado a la más imprescindible
convivencia y debiera ser fácil para todo el mundo entenderlo; por
consiguiente, algo falla.
Aquí
ahora, vivido el grave atentado a la convivencia, hemos visto que la norma no
es modélica -es de nuestros congresistas-, permite al parcial dudar entre dos
delitos, rebelión y sedición, que podían tener cualquier nombre mejor, figurando
el primero en el Código penal como delito contra la constitución, señal de su
gravedad, índice de peligro, señalando reos de él a "los que se alzaren
violenta y públicamente para (...) 1º. Derogar, suspender o modificar total o
parcialmente la constitución. 2º. Destituir o despojar en todo o en parte de
(...) sus facultades al Rey (...). 4º. Disolver (...) cualquier asamblea
legislativa de una comunidad autónoma, (...) arrancarles alguna resolución o
sustraerles alguna de sus (...) competencias. 5º. Declarar la independencia de parte
del territorio nacional (...)", devaluando la violencia de la que, parciales,
hablan algunos, cuando agravan la pena violencias ajenas al tipo base como "si se han esgrimido armas, o hubiera habido
combate (...), hubiera causado estragos (...) ejercido violencias graves contra
las personas (...)", y regulando la sedición, menor, como delito contra
el orden público, haciendo ello dudar de la teoría de la abogada del estado de
Sánchez; si ajenos a legalismos que alejan de lo justo, útiles para los que -de
verdad- tienen poder, frente a Vidal-Folch leemos y pensamos atados solo a lo oído,
leído y pensado, no dudaremos de cuál y cuán grave fue el delito.
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