miércoles, 12 de junio de 2019

Deconstruir el procés (33) Defensa mediática Fernando Merodio ALERTA 12-06-2019

Deconstruir el procés (33)
Defensa mediática
Fernando Merodio
ALERTA 12-06-2019
Llegado el momento procesal de que las defensas valoren lo visto y oído en el juicio sobre el gravísimo daño causado a toda la sociedad española y lo pongan en relación con la Ley del mejor modo para los intereses de sus defendidos, el lunes abría el fuego Xavier Vidal-Folch, acreditado y espurio defensor mediático de los alzados, punta de lanza en su cotidiana explicación de que lo sucedido en Cataluña en el procés no fue nada, abusando de la privilegiada cobertura que, sin que nadie, en especial lectores y oyentes, diga nada, le dan, "progresistas", El País y la SER.
Titula su informe de defensa, más de media página con seleccionada fotografía muy favorecida del estadista Junqueras, "Del golpe y la rebelión" y, con osadía de creerse único en saberlo y apoyo en lo mal que lo hizo Rajoy, manipula/tergiversa a Malaparte, Kelsen,... para explicar algo tan sabido como que "no hay en el Código Penal un delito de golpe de estado", pero sin desmentir -ni poner en duda- que el procés, utilizó en efecto la técnica política de tal golpe en la forma en que lo explican Kelsen y Malaparte: -intento de- "modificación o reemplazo" de la constitución, perjudicando de modo objetivo al resto, algo de lo que, inexplicable, se habló muy poco en el juicio.
El columnista/jurista, que debiera opinar política y socialmente sobre hechos en vez de malversar páginas y minutos del derecho a la expresión e información de todos, sobando a su favor pareceres leguleyos, se vuelca en explicar -su versión de- la norma española de la rebelión, en la que él exige: alzamiento, que éste sea público, que intente cambiar la constitución o buscar la independencia, que sin duda aquí concurren, y que, además, haya violencia, elemento a cuya posible falta, aunque no lo diga de modo expreso, es el único al que, frente a la existencia de rebelión, se agarra.
Pese a -o, quizás, por- ello, Vidal-Folch no es claro, es parcial, más incluso que las defensas jurídicas, cita jurisprudencia de los años 80 y 90 del pasado siglo para analizar un delito tipificado en una modificación que entró en vigor en 1996 e, incluso, oculta que el artículo 473.2 de tal modificación degrada la violencia a simple agravante del tipo base de la rebelión, si "se han esgrimido armas, o hubiera habido combate (...), hubiera causado estragos (...) ejercido violencias graves contra las personas (...)", tipo base para el que, sensu contrario, no exige el Código violencia grave.
Dado el alcance socio-político de lo hecho y el daño causado a individuos, nación y estado español, siendo obvio el uso de la técnica del golpe para variar la constitución, es lógico que, tras escuchar a las otras defensas, el tribunal sentencie que la violencia habida, poca, mucha, intelectual, moral, social, física,..., cubre las exigencias del tipo base de la rebelión; otra cosa me parece, además de ilegal, un insulto a la inteligencia.

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